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Fichas de asignaturas 2010-11


DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

Asignaturas
 

  Código Nombre    
Asignatura 302023 DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Créditos Teóricos 6
Descriptor   INTERNATIONAL PRIVATE LAW Créditos Prácticos 2
Titulación 0302 LICENCIATURA EN DERECHO Tipo Troncal
Departamento C107 DERECHO PRIVADO    
Curso 5      
Duración (A: Anual, 1Q/2Q) 1Q      
Créditos ECTS 8      

Para el curso Créditos superados frente a presentados Créditos superados frente a matriculados
2007-08 79.1% 50.0%

 

 

Pulse aquí si desea visionar el fichero referente al cronograma sobre el número de horas de los estudiantes.

Profesorado

MIGUEL CHECA MARTINEZ

Situación

Prerrequisitos

Nivel suficiente de comprensión y expresión en el ámbito del Derecho
Privado.

Contexto dentro de la titulación

Asignatura troncal del primer cuatrimestre/semestre de 5º curso de la
Licenciatura en Derecho.

Recomendaciones

Conocimientos básicos suficientes de Derecho civil, Derecho mercantil
y Derecho
procesal civil.

Competencias

Competencias transversales/genéricas

-Adquisición de capacidad de comprensión de problemas jurídicos
complejos.
-Adquisición de capacidad de solución de problemas jurídicos
complejos mediante
la aportación de respuestas técnicamente fundadas en Derecho.
-Agilidad en el manejo de la legislación española, comunitaria y
convencional
aplicable.
-Valoración de la jurisprudencia española y comunitaria como
criterios de
interpretación uniforme.
-Detección de las cuestiones jurídicas suscitadas por la realidad
fáctica y
mejora de las facultades de calificación jurídica de hechos y
situaciones
jurídicas.
-Interés por otras culturas jurídicas y otros idiomas.

Competencias específicas

  • Cognitivas(Saber):

    -Comprensión del tráfico jurídico externo.
    -Comprensión del Derecho comparado
    -Identificación de la finalidad del DIPr como conjunto de reglas
    para
    la continuidad de las relaciones jurídicas en el espacio.
    -Conocimiento del sistema español de DIPr, integrado por normas
    estatales, comunitarias y convencionales.
    -Ubicación del DIPr en el Derecho Privado.
    -Comprensión separada y de conjunto de los tres problemas que
    integran el DIPr, a saber: la cuestión del tribunal competente
    (forum), el Derecho aplicable (ius) y el reconocimiento y ejecución
    de decisiones judiciales (exequatur).
    -Conocimiento de las necesidades estratégicas de integración entre
    los distintos sectores del contenido del DIPr a efectos de la
    litigación internacional.
  • Procedimentales/Instrumentales(Saber hacer):

    -Aplicación de la normativa que integra el sistema español de
    DIPr.:
    buen manejo de la legislación de DIPr.
    -Búsqueda de jurisprudencia en bases de datos españolas y
    comunitarias
    -Resolución de casos hipotéticos sobre competencia judicial
    internacional, ley aplicable, y reconocimiento y ejecución de
    decisiones.
    -Redacción de escritos procesales típicos de DIPr (fundamentación
    de
    la competencia judicial internacional en la demanda, formulación de
    excepción declinatoria, demanda de exequátur, etc.)
    -Redacción de cláusulas contractuales típicas de DIPr en negocios
    jurídicos de Derecho Privado (jurisdicción y ley aplicable)
  • Actitudinales:

    -Comprensión de la problemática de tráfico jurídico externo y sus
    necesidades especiales.
    -Comprensión de los valores e intereses presentes en la regulación
    de
    las situaciones privadas internacionales.
    -Necesidad de conocer las diferencias entre los distintos Derechos
    positivos nacionales
    -Actitud positiva hacia otras culturas jurídicas
    -Actitud positiva hacia el empleo de otros idiomas.
    -Actitud positiva hacia el cliente extranjero o con necesidades en
    el
    extranjero.
    

Objetivos

-Acercar al alumno la realidad social y jurídica que conforman los
supuestos de
carácter privado en los que se encuentre presente un elemento extranjero
(tráfico  jurídico externo), así como a la riqueza que supone la
diversidad
cultural y jurídica derivada de la existencia de diferentes familias
jurídicas.
-Enseñarle a planificar y solucionar los problemas típicos (forum, ius y
exequátur) que suscitan los mencionados supuestos de tráfico jurídico
externo o
situaciones privadas internacionales en el marco de una cultura del
aprendizaje
por descubrimiento que le incite a la búsqueda, selección y
sistematización del
conocimiento, fomentando su autonomía para la construcción de respuestas
jurídicas.
-Familiarizarlo en el manejo de los instrumentos normativos propios de
esta rama
del Derecho, haciéndole tomar conciencia de las dificultades de la
operación
jurídica de calificación del supuesto y de selección del régimen jurídico
aplicable.
-Concienciar al alumno en la necesidad de tomar en consideración los
intereses
en presencia y de procurar la necesaria continuidad transfronteriza de
las
relaciones jurídicas, a través de fuentes convencionales, legales y
jurisprudenciales.

Programa

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
PARTE I
INTRODUCCION

LECCION 1ª

Supuestos de base y objeto del Derecho Internacional Privado

1. Internacionalización del tráfico jurídico y pluralidad de sistemas
jurídicos.-
2 Derecho Comparado: A) Concepto, metodología y función del Derecho
Comparado;
B) Civil Law, Common Law y Mixed Jurisdictions;.-2. Precisión del objeto
del
DIPr: A) Perspectiva histórica; B) La relación jurídica como elemento
caracterizador del objeto del DIPr; C) La situación privada
internacional:
situaciones internacionales, intracomunitarias e internas.


LECCION 2ª

Contenido y problemas del Derecho internacional privado

1. Concepciones en torno al contenido: A) Contenido y objeto del DIPr.;
B) Las
dimensiones del contenido; C) Revisión del contenido.- 2. Las materias
contempladas y su caracterización: A) Competencia judicial internacional;
B)
Derecho aplicable; C) Reconocimiento de actos y decisiones.-3. Derecho
interregional: A) Autonomía del Derecho interregional; B) Presupuestos
constitucionales y ámbitos del Derecho interregional español.

LECCION 3ª

Procedimientos de producción jurídica (I)

1. Ámbitos de producción jurídica del DIPr.-2. DIPr y Derecho
internacional
general: A) Autonomía de los procedimientos de producción jurídica en
DIPr; B)
Límites a los procedimientos de producción jurídica.-3. Procedimientos de
producción jurídica de carácter estatal: A) DIPr y Constitución; B)
Dispersión
formal del DIPr.


LECCION 4 ª

Procedimientos de producción jurídica (II)

1. Procedimientos de producción jurídica de carácter convencional: A)
Dimensiones; B) Incidencia de los Tratados en el sistema español de DIPr;
C)
Derecho uniforme; D) Problemas de delimitación.-2. Procedimientos de
producción
jurídica de carácter comunitario: A) Cooperación judicial en materia
civil:
comunitarización del DIPr de los Estados miembros; B) Derecho comunitario
y
D.I.Pr. estatal; C) Fuentes del DIPr comunitario.-3. Procedimientos de
producción jurídica de carácter transnacional: D.I.Pr. y lex mercatoria:
A) El
D.I.Pr. y el fenómeno de la autorregulación en el comercio internacional;
B)
Rasgos actuales de de la lex mercatoria.


PARTE II

DIMENSION TECNICO-JURIDICA DEL SISTEMA ESPAÑOL DE DIPR


SECCION 1ª

COMPETENCIA JUDICIAL INTERNACIONAL


LECCION 5ª

Competencia judicial internacional (I): aspectos generales

1. Jurisdicción, competencia judicial internacional y competencia
judicial
interna.-2. Regulación de la competencia judicial internacional: A)
Dimensiones
convencional, institucional y autónoma; B) La norma de competencia
judicial
internacional; C) Las normas de aplicación.-3. Foros de competencia
judicial
internacional. Naturaleza y clases: A) Foros razonables y foros
exorbitantes; B)
Foros exclusivos y foros concurrentes; C) Foros generales y foros
especiales; D)
Foros neutros y foros de protección; E) Forum conexitatis; F) Forum
necessitatis
y forum non conveniens; G) Forum legis y lex fori in foro proprio; H)
Forum
shopping.


LECCION 6ª

Competencia judicial internacional (II): régimen comunitario y
convencional

1. Aspectos generales: A) El Convenio de Bruselas de 27 de septiembre de
1968 y
su conversión en el Reglamento Bruselas I; B) El Convenio de Lugano de 16
de
septiembre de 1988; C) El Reglamento Bruselas II.-2. Ambito de aplicación
de los
Reglamentos comunitarios: A) Reglamento Bruselas I; B) Reglamento
Bruselas II.-3
Interpretación.-4. Foros de competencia judicial internacional en el
Reglamento
Bruselas I: A) Estructura general; B) Foros exclusivos; C) Sumisión por
las
partes; D) Foro general del domicilio del demandado; E) Foros especiales
por
razón de la materia; F) Competencias derivadas o supuestos de forum
conexitatis;
G) Foros de protección; H) Medidas provisionales.-5. Normas de aplicación
en el
Reglamento Bruselas I: A) Verificación de oficio de la competencia
judicial
internacional; B) Litispendencia; C) Conexidad.- 6. Foros de competencia
judicial internacional en el Reglamento Bruselas II.-7. Normas de
aplicación en
el Reglamento Bruselas II.

LECCION 7ª

Competencia judicial internacional (III): régimen autónomo

1. Aspectos generales: A) Principios informadores; B) Estructura general
del
sistema.-2. Foros de competencia judicial internacional en el orden
civil: A)
Foros exclusivos; C) Foros generales; D) Foros especiales por razón de la
materia.-3. Problemas de aplicación: A) Control de la competencia
judicial
internacional (declinatoria internacional); B) Litispendencia
internacional; C)
Derogatio fori.

LECCION 8ª

Régimen del proceso con elemento extranjero

1. Derecho aplicable al proceso: A) La aplicación de la lex fori como
regla
general; B) Excepciones a la regla general. 2. Asistencia judicial
internacional: A) Notificación de actos judiciales en el extranjero
(exhortos
internacionales); B) Obtención de pruebas en el extranjero (comisiones
rogatorias).


SECCION 2. ª

DERECHO APLICABLE

LECCION 9ª

Técnicas de reglamentación sobre el Derecho aplicable

1. Dimensión normativa del Derecho aplicable: Pluralidad de métodos de
reglamentación.-2. Técnicas de reglamentación directas: A) Normas
materiales
especiales; B) Normas materiales imperativas.-3. Técnicas de
reglamentación
indirectas: la norma de conflicto: A) El paradigma conflictual: génesis
histórica, concepto y estructura de la norma de conflicto; B)
Características de
la norma de conflicto y soluciones correctoras: especialización,
flexibilización
y materialización; C) Técnicas de flexibilización: Principio de
proximidad y
cláusulas de escape; D) Normas de conflicto materialmente orientadas.

LECCION 10ª

Procedimientos de reglamentación de los Conflictos de leyes

1. Régimen comunitario: convenios, directivas y reglamentos comunitarios:
A)
Fuentes comunitarias; B)Conflictos de leyes en materia de obligaciones
contractuales (Roma I); C)Conflictos de leyes en materia de obligaciones
extracontractuales (Roma II).-2. Régimen convencional, relevancia de la
Conferencia de La Haya de DIPr y otras organizaciones codificadoras: A)
Ley
aplicable a la protección de menores; B) Ley aplicable a las obligaciones
alimenticias; C) Ley aplicable a los accidentes de circulación por
carretera; D)
Ley aplicable a la responsabilidad del fabricante por sus productos; E)
Ley
aplicable a la forma de las disposiciones testamentarias; F) Ley
aplicable al
nombre.- 3. Régimen autónomo: el Título Preliminar del Código Civil.-4.
Técnicas
de reglamentación de los conflictos de leyes internos: criterios
generales de
solución.

LECCION 11ª

Aplicación de la norma de conflicto (I)

1) Imperatividad de la norma de conflicto.-2. Normas de conflicto
facultativas:
la cuestión de la ley aplicable al divorcio.-3. Autonomía de la voluntad
en la
solución del conflicto de leyes: A) Obligaciones contractuales; B)
Obligaciones
extracontractuales; C) Efectos del matrimonio;.-4. Sucesión en el tiempo
de
normas de conflicto: A) Regla general de irretroactividad; B) El régimen
económico matrimonial.-5. La calificación del supuesto de hecho de la
norma de
conflicto: A) La calificación ex lege fori; B) La cuestión de los
derechos del
cónyuge viudo.

LECCION 12ª

Aplicación de la norma de conflicto (II)

1. El punto de conexión: A) Concepto y clasificación de los puntos de
conexión; B) Los puntos de conexión flexibles en los Reglamentos Roma I y
Roma II.-2. La nacionalidad como punto de conexión: A) Nacionalidad,
domicilio y residencia
habitual como criterios personales de conexión; B) Conflictos positivos y
negativos de nacionalidad; C) Vecindad civil y conflictos de leyes
internos.-3.
La alteración ocasional del punto de conexión: el conflicto móvil: A)
Consideraciones generales; B) Conflicto móvil en materia de efectos del
matrimonio; C) Conflicto móvil en materia sucesoria y testamentaria; D)
Conflicto móvil en materia de derechos reales sobre bienes muebles.-4. La
alteración fraudulenta del punto de conexión: el fraude a la ley: A)
Concepto y
soluciones generales; B) El fraude de ley en materia de celebración del
matrimonio; C) El fraude de ley en materia sucesoria.


LECCION 13ª

Aplicación del Derecho material extranjero

1. La consecuencia jurídica de la norma de conflicto: Lex fori versus lex
causae.-2 Exclusión de la ley material extranjera: la excepción de orden
público: A) Concepto, características y manifestaciones del orden público
en el
D.I.Pr.; B) La solución del D.I.Pr. español: el art. 12.3º Cc.; C) El
orden
público en materia de celebración del matrimonio: el matrimonio
poligámico; D)
El orden público en materia de separación y divorcio: Art. 107 Cc.


LECCION 14ª

Aplicación del Derecho Internacional Privado extranjero

1. El Reenvío: A) Concepto, clases y presupuestos; B) El art. 12.2º C.c.
y las
distintas modalidades de reenvío en el sistema español; C) El reenvío en
materia
de ley aplicable a las sucesiones internacionales.-2. La remisión a un
sistema
plurilegislativo: A) Concepto, clases y posibles soluciones; B) El art.
12.5º
C.c.; C) Soluciones de Derecho convencional.-3 El problema de la cuestión
preliminar: A) Soluciones generales; B) La cuestión preliminar en materia
sucesoria.

LECCION 15ª

Aplicación judicial del Derecho extranjero

1. Planteamiento general: sistemas en presencia.-2. Invocación y prueba
del
Derecho extranjero por las partes: A) El principio de alegación por las
partes;
B) Carga de la prueba; C) Objeto de la prueba; D) Momento procesal
oportuno para
la alegación y prueba; E) Medios de prueba. Viabilidad de la doctrina de
los
hechos admitidos.-3. Participación del juez en la indagación del Derecho
extranjero.-4. La ley extranjera ante el recurso de casación.


SECCION 3ª

RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTOS, ACTOS Y DECISIONES


LECCION 16ª

Forma de los actos y negocios jurídicos y reconocimiento de documentos
públicos

1. Forma de los actos y negocios jurídicos: A) Introducción; B)
Reglamentación
de los requisitos de forma ad solemnitatem; C) Reglamentación de los
requisitos
de forma ad probationem.-2. Reconocimiento de documentos públicos: A)
Reconocimiento de la fuerza probatoria de los documentos públicos
otorgados ante
autoridad extranjera; B) Efectos registrales de los documentos públicos
otorgados ante autoridad extranjera; C) Fuerza ejecutiva de los
documentos
públicos otorgados ante autoridad extranjera.

LECCION 17ª

Reconocimiento y ejecución de decisiones judiciales: aspectos generales

1. Introducción: Función y objeto del reconocimiento.-2. Reconocimiento y
exequátur, declaración de ejecutividad y sistemas de ejecución.-3.
Efectos del
reconocimiento; A) Efecto de cosa juzgada material; B) Efecto
constitutivo; C)
Efecto ejecutivo; D) Efecto registral.-4. Efectos al margen del
reconocimiento.-
5. Regímenes de reconocimiento: A) Reglamentos Bruselas I y Bruselas II;
B)
Reglamento 805/2004 sobre título ejecutivo europeo; C) Reglamentos sobre
proceso
monitorio europeo y proceso europeo de escasa cuantía; C) Convenio de
Lugano de
16 de septiembre de 1988 y su actualización de 30 de octubre de 2007; D)
Régimen
convencional bilateral; E) Régimen común.


LECCION 18ª

Reconocimiento de decisiones judiciales: régimen convencional

1. Tipos de reconocimiento: A) Reconocimiento automático; B)
Reconocimiento
incidental; C) Reconocimiento parcial.-2. Carácter del reconocimiento: el
proceso de revisión de fondo: A) La ausencia de revisión como principio
de base;
B) Control de las garantías procesales y control del orden público; C)
Control
de la ley aplicada.-3. Otras condiciones del reconocimiento: A)
Autenticidad de
la decisión; B) Control de la competencia judicial internacional; C)
Ausencia de
contradicción con una decisión judicial o un proceso pendiente en el
Estado
requerido.


LECCION 19ª

Reconocimiento de decisiones judiciales contenciosas: régimen autónomo

1. Decisiones judiciales dictadas en procedimientos contenciosos: A)
Noción de
sentencia; B) Carácter firme; C) Cuestiones de Derecho privado.-2.
Estructura y
funcionamiento del régimen autónomo: A) Régimen de reciprocidad; B)
Régimen de
condiciones.-3. Procedimiento de exequátur.


LECCION 20ª

Reconocimiento de otras decisiones

1. Actos de jurisdicción voluntaria: A) La eficacia extraterritorial de
los
actos de jurisdicción voluntaria en el DlPr; B) Reconocimiento del efecto
constitutivo de los actos de jurisdicción voluntaria; C) Reconocimiento
de
adopciones constituidas en el extranjero-2. Laudos arbitrales: A)
Primacía del
régimen convencional; B) Ámbito de aplicación del Convenio de Nueva York;
C)
Reconocimiento en España de la sentencia arbitral. Procedimiento,
requisitos,
documentación y traducción; D) Causas de denegación del reconocimiento.

Actividades

I.Secuencialización y Temporalización de enseñanzas:

Las clases correspondientes al período 21 sept.-15 oct. serán dedicadas a
las
lecciones 1 a 4 que forman la Introducción a la asignatura. El período 18
oct.-
12 nov. a las lecciones 5 a 8 sobre Competencia judicial internacional
(Forum).
El período 15 nov-22 dic a las lecciones 9 a 15, todas ellas referidas a
la
cuestión del Derecho aplicable (Ius). El período 10-19 de
Enero a las lecciones 16 a 19, relativas al reconocimiento y ejecución de
decisiones y actos (Exequátur).

II. Distribución de la docencia presencial y no presencial:

-Docencia presencial total: reducción del 20% EEES sobre los 8 créditos
iniciales: 64 horas presenciales

-80% Docencia presencial teórica y teórica-práctica: 52 horas:
explicación del
programa en clase por el profesor con atención tanto a los aspectos
teóricos de
la disciplina como a la resolución de los problemas prácticos más
frecuentes.
Participación de los estudiantes en clase. Incluye 2 conferencias sobre
temas de actualidad en DIPr a impartir por especialistas docentes
universitarios
o por profesionales en la práctica de la abogacía internacional, que
abordarán
aspectos incluidos en el programa teórico de la asignatura.

-20% Docencia presencial práctica: 12 horas: resolución de casos
prácticos
individuales basados en supuestos hipotéticos y redacción de escritos
procesales
o cláusulas habituales de DIPr en negocios jurídicos.

-Docencia no presencial: 20%; consistente en la dirección académica del
trabajo
individual de los estudiantes mediante tutorías específicas presenciales,
especialmente para las lecciones 8 y 20.

-Tutorías presenciales, voluntarias, para la resolución de dudas.

-Pruebas de progreso.

III. Examen final téorico-práctico



Metodología

En el proceso de enseñanza-aprendizaje del Derecho internacional privado
se hará
uso de clases teóricas que conducirán de forma inmediata a las prácticas
correspondientes. En ambos tipos de clases se utilizará el método del
diálogo
socrático con los alumnos a fin de reforzar su aprendizaje en los
conceptos y
técnicas propias del Derecho internacional privado. El contacto con los
ordenamientos de otros países (Derecho comparado) caracteriza el Derecho
en la
Europa de nuestros días y por ello se trata de ofrecer un proceso de
enseñanza y
aprendizaje que capacite al estudiante universitario de la Titulación de
Derecho
para desarrollar una actividad profesional que le permita competir a
nivel
europeo.

Distribución de horas de trabajo del alumno/a

Nº de Horas (indicar total): 200

  • Clases Teóricas: 52  
  • Clases Prácticas: 12  
  • Exposiciones y Seminarios:  
  • Tutorías Especializadas (presenciales o virtuales):
    • Colectivas:  
    • Individules: 1  
  • Realización de Actividades Académicas Dirigidas:
    • Con presencia del profesorado:  
    • Sin presencia del profesorado: 20  
  • Otro Trabajo Personal Autónomo:
    • Horas de estudio: 100  
    • Preparación de Trabajo Personal: 12  
    • ...
        
  • Realización de Exámenes:
    • Examen escrito: 3  
    • Exámenes orales (control del Trabajo Personal):  

Técnicas Docentes

Sesiones académicas teóricas:Si   Exposición y debate:No   Tutorías especializadas:Si  
Sesiones académicas Prácticas:Si   Visitas y excursiones:No   Controles de lecturas obligatorias:No  

Criterios y Sistemas de Evaluación

-90% de la calificación: Examen final teórico-práctico formado por nueve
preguntas y espacio de respuesta limitado. Cinco preguntas serán teóricas
y cuatro preguntas serán prácticas. Las preguntas teóricas serán de
naturaleza conceptual y conformes al contenido del desarrollo teórico
del programa de la asignatura. Las preguntas prácticas se caracterizan
por su naturaleza aplicativa de conocimientos y estarán formuladas a
partir de supuestos hipotéticos concretos semejantes a los utilizados en
las enseñanzas teórico-prácticas y prácticas. Durante todo el examen,
también en las preguntas teóricas, podrá ser utilizada una legislación de
Derecho internacional privado, pero no otros materiales. Los alumnos
Erasmus podrán utilizar también diccionarios, así como una legislación de
DIPr en su lengua materna.

-10%: Elaboración de un trabajo individual concretado en la tutoría
individual obligatoria, como actividad no presencial académicamente
dirigida, sobre las lecciones del programa que indique el profesor. Las
lecciones a las que se refiera el trabajo individual realizado por el
alumno no serán objeto de examen final.

Recursos Bibliográficos

Manuales:

Básico:

J. C. FERNÁNDEZ ROZAS y S. SÁNCHEZ LORENZO, Derecho internacional
privado,  5ª
ed., Madrid, Civitas, 2009.

Complementarios:

1. A. P. ABARCA JUNCO (dir), Derecho internacional privado, 6ª ed.,
Madrid,
UNED, 2008.

2. M. AGUILAR BENITEZ DE LUGO (dir), Lecciones de Derecho civil
internacional,
2ª ed., Madrid, Tecnos, 2006.

2. A.-L. CALVO CARAVACA y J. CARRASCOSA GONZÁLEZ, Derecho internacional
privado,
2 vols., 11ª ed., Granada, Comares, 2010.

3. C. ESPLUGUES MOTA y J.L. IGLESIAS BUHIGUES, Derecho internacional
privado,
Valencia, Tirant lo Blanch, 2008.

4. M. VIRGÓS SORIANO y F. J. GARCIMARTÍN ALFÉREZ, Derecho procesal civil
internacional, 2ª ed, Madrid, Civitas, 2007.

Legislaciones:

1. S. ALVAREZ GONZALEZ y otros, Legislación de Derecho internacional
privado,
13ª ed., Granada, Comares, 2010.

2. A. BORRAS RODRIGUEZ y otros, Legislación básica de Derecho
internacional
privado, 20ª  ed., Madrid, Tecnos, 2010.

 

El presente documento es propiedad de la Universidad de Cádiz y forma parte de su Sistema de Gestión de Calidad Docente. En aplicación de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, toda alusión a personas o colectivos incluida en este documento estará haciendo referencia al género gramatical neutro, incluyendo por lo tanto la posibilidad de referirse tanto a mujeres como a hombres.